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Temperatura en centros de trabajo: qué dice la normativa en España

La temperatura en centros de trabajo es una condición ambiental regulada por la normativa española de prevención de riesgos laborales, que establece rangos mínimos y máximos según el tipo de actividad, y obliga a las empresas a proteger la salud de los trabajadores frente al calor y al frío. ¿Te gustaría tener toda la información sobre este tema?

Temperatura en centros de trabajo: temperatura legal en España

En España, la temperatura legal en oficinas debe mantenerse entre 17°C y 27°C según el RD 486/1997. En trabajos ligeros el rango es de 14°C a 25°C. Para trabajos al aire libre no existe un límite fijo, pero la empresa debe evaluar el riesgo por calor extremo y adaptar la actividad cuando sea necesario.

¿Por qué esta es la temperatura que debe haber en un centro de trabajo según la ley?

Cuando hablamos de temperatura en centros de trabajo, la norma de referencia es el Real Decreto 486/1997, elaborado por el Ministerio de Trabajo y desarrollado técnicamente por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST). 

Su Anexo III establece que la temperatura en los centros de trabajo cerrados debe estar entre 17° C y 27° C para trabajos sedentarios propios de oficinas, y entre 14° C y 25° C para trabajos ligeros, con una humedad relativa obligatoria entre el 30% y el 70%.

Estos rangos son el mínimo legal exigible, pero no son sinónimo de confort térmico óptimo. La Guía técnica del INSST recomienda rangos más estrechos: para trabajos sedentarios, entre 20°C y 24°C en invierno y entre 23°C y 26°C en verano; para actividades ligeras, entre 16°C y 22°C en invierno y entre 21°C y 25°C en verano.

Ejemplo práctico: una oficina con el aire acondicionado a 16°C cumple el RD 486/1997, pero se sitúa por debajo del confort térmico recomendado para trabajos sedentarios en verano. 

Cumplir la ley y trabajar en condiciones óptimas no siempre es lo mismo. El RD 486/1997 fija los rangos mínimos legales. La Guía técnica del INSST establece los rangos óptimos. Ambos son referencias distintas y conviene no confundirlos.

¿Y en naves industriales y almacenes?

Para actividades con esfuerzo físico moderado o intenso, la evaluación de riesgos laborales determina las medidas preventivas adecuadas: ventilación, pausas obligatorias o restricción de tareas en las horas de mayor calor.

Ejemplo práctico: un almacén logístico que alcanza los 35°C en verano debe incluir en su plan de prevención medidas específicas. La temperatura en centros de trabajo de estas características no puede gestionarse igual que en una oficina.

¿Qué límites impone el RDL 14/2022 sobre climatización en edificios?

El RDL 14/2022, impulsado por el Ministerio para la Transición Ecológica, limita la calefacción a un máximo de 19°C y la refrigeración a un mínimo de 27°C en edificios destinados a uso administrativo, comercial, de ocio, restauración, estaciones de transporte y aeropuertos. Quedan exentos los centros sanitarios, hospitalarios y educativos. 

Ambas normas deben aplicarse de forma compatible. Las medidas de ahorro energético del RDL 14/2022 no pueden suponer un riesgo para la salud ni justificar el incumplimiento del RD 486/1997. En caso de conflicto, la normativa de prevención de riesgos laborales siempre tiene prioridad funcional.

Tabla comparativa de situaciones:

Situación¿Es legal?Norma aplicable
Oficina a 29°C❌ NoRD 486/1997 (máx. 27°C)
Oficina a 26°C✅ SíRD 486/1997
Oficina a 22°C en edificio público⚠️ DependeRDL 14/2022 (mín. 27°C en refrigeración) salvo justificación PRL
Almacén a 35°C⚠️ DependeEvaluación de riesgos obligatoria
Exterior con alerta AEMET roja⚠️ DependeRDL 4/2023: adaptar o paralizar si hay riesgo grave

¿Qué dice la ley sobre la temperatura en centros de trabajo al aire libre?

La temperatura en centros de trabajo al aire libre tiene un tratamiento normativo diferente al de los espacios cerrados. No existe una temperatura máxima legal concreta para trabajar en exterior. 

Lo que sí existe desde el RDL 4/2023 es la obligación de adaptar las condiciones de trabajo ante fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo episodios de calor extremo, especialmente en sectores como la construcción, la agricultura o cualquier actividad desarrollada en el exterior. Las medidas que puede exigir la evaluación de riesgos incluyen:

  • Modificación o reducción de jornadas durante episodios de calor extremo.
  • Rotación de turnos y restricción de tareas en las horas de más calor.
  • Acceso obligatorio a agua, zonas de sombra y descansos periódicos.
  • Derecho de parada climática cuando exista riesgo grave e inminente conforme al artículo 21 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL). Esta paralización no es automática: depende de la evaluación de riesgos y de que las medidas preventivas no sean suficientes.

Desde noviembre de 2024, el RDL 8/2024 introdujo el permiso climático del artículo 37.3.g del Estatuto de los trabajadores: hasta 4 días de permiso retribuido y no recuperable cuando un fenómeno meteorológico adverso impida acceder al centro de trabajo. La reducción de jornada por condiciones ambientales extremas no puede suponer reducción de salario.

¿Qué obligaciones tiene una empresa respecto a la temperatura en el centro de trabajo?

Una de las preguntas que más reciben los departamentos de RR.HH. y de Prevención de Riesgos Laborales es precisamente esta. La respuesta va más allá de ajustar el termostato.

Obligación¿Es obligatorio?
Evaluación del riesgo térmico documentada✅ Siempre
Mantenimiento preventivo de la climatización✅ Siempre
Agua disponible y accesible✅ Siempre
Zonas de descanso climatizadas✅ En exteriores de riesgo
Rotación de turnos y adaptación de horariosSegún evaluación de riesgos
Paralización de actividadSolo si existe riesgo grave e inminente (art. 21 LPRL)
Registro documental accesible para la Inspección de Trabajo y Seguridad Social✅ Siempre
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Errores frecuentes sobre la temperatura en centros de trabajo

Estos son los malentendidos más habituales que se detectan en organizaciones de todos los tamaños con respecto a la temperatura en centros de trabajo:

  • Pensar que el máximo siempre son 27°C. Es el límite para trabajos sedentarios, pero en trabajos ligeros el máximo es 25°C, y en exteriores no hay un límite fijo.
  • Creer que el aire acondicionado puede fijarse libremente. En edificios de uso público, el RDL 14/2022 limita la refrigeración a un mínimo de 27°C salvo justificación por PRL.
  • Confundir confort térmico con obligación legal. Los rangos del RD 486/1997 son el mínimo exigible. Los rangos óptimos del INSST son más estrechos y no son legalmente obligatorios, pero sí recomendables.
  • Pensar que en exterior no existe regulación. Existe: evaluación de riesgos obligatoria, adaptación de jornadas ante fenómenos adversos y permiso climático retribuido desde 2024.
  • Creer que la paralización de actividad es automática en una ola de calor. Depende de la evaluación de riesgos y de que exista riesgo grave e inminente conforme al artículo 21 de la LPRL.

¿Qué consecuencias tiene incumplir la normativa de temperatura laboral?

Ignorar la normativa sobre temperatura en centros de trabajo puede salir caro. Las infracciones graves en materia de prevención de riesgos laborales van de 2.451€ a 49.180€. Las muy graves, cuando existe riesgo grave para la vida o integridad física, van de 49.181€ a 983.736€ según la LISOS

El importe concreto depende del grado de la infracción, la reincidencia y el número de trabajadores afectados. Si además se produce un daño a la salud derivado de las condiciones térmicas, la empresa puede enfrentarse a reclamaciones de responsabilidad civil y a la calificación del incidente como accidente laboral.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es el organismo encargado de verificar el cumplimiento y puede iniciar un procedimiento sancionador a raíz de una denuncia de un trabajador, de una visita de oficio o de un accidente laboral.

Preguntas frecuentes sobre temperatura en centros de trabajo

¿Cada cuánto tiempo debe revisarse el sistema de climatización de un edificio de oficinas?

La normativa de mantenimiento de instalaciones térmicas en edificios (RITE) establece revisiones periódicas obligatorias según la potencia de la instalación. Con carácter general, se recomienda al menos una revisión anual antes del inicio de cada temporada de uso intensivo, tanto en verano como en invierno. Un mantenimiento preventivo regular reduce el riesgo de averías en los momentos de mayor demanda y ayuda a mantener la temperatura en los centros de trabajo dentro de los rangos legales de forma continua.

¿Qué tecnologías permiten monitorizar la temperatura en un centro de trabajo en tiempo real?

Actualmente existen soluciones de sensorización ambiental conectadas a plataformas de gestión de edificios (BMS o SCADA) que permiten monitorizar en tiempo real la temperatura, la humedad relativa y la calidad del aire en cada zona del centro de trabajo. Estos sistemas generan alertas automáticas cuando los valores se salen de los rangos establecidos y facilitan la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento normativo ante la Inspección de Trabajo.

¿Qué ocurre con la temperatura en centros de trabajo cuando se produce un corte de suministro eléctrico?

Un corte de suministro que inutilice los sistemas de climatización puede provocar que la temperatura en el centro de trabajo salga de los rangos legales en poco tiempo, especialmente en verano. Las organizaciones con mayor exposición a este riesgo suelen contar con grupos electrógenos de respaldo o protocolos de actuación que contemplan la reducción de actividad o el traslado temporal del personal. Tener este escenario previsto en el plan de contingencia evita tener que improvisar cuando el problema ya ha ocurrido.

¿Cómo afecta la eficiencia energética del edificio a la temperatura en el centro de trabajo?

Un edificio con buena envolvente térmica (aislamiento, carpintería, orientación) requiere menos energía para mantener la temperatura en los centros de trabajo dentro de los rangos legales, lo que reduce tanto el consumo energético como la dependencia de los sistemas de climatización. Invertir en eficiencia energética no es solo una decisión medioambiental: es también una forma de garantizar condiciones de trabajo más estables y de reducir el riesgo de incumplimiento normativo en episodios de calor o frío extremo. Puedes ampliar información en nuestro artículo sobre eficiencia energética en edificios.

¿Qué ocurre durante una ola de calor?

Ante episodios de calor extremo, la empresa debe adaptar las condiciones de trabajo: modificar horarios, establecer rotaciones, garantizar hidratación y zonas de descanso.

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La gestión de infraestructuras en entornos de trabajo

Garantizar una temperatura en los centros de trabajo adecuada no depende solo de conocer la normativa: depende también de que las organizaciones cuenten con información actualizada sobre eficiencia energética, sostenibilidad y economía circular para tomar decisiones bien fundamentadas.

En el blog de ANOVO encontrarás contenido práctico orientado a empresas que quieren mejorar su gestión ambiental y energética. Si este artículo te ha resultado útil, puede interesarte profundizar en estos temas relacionados:

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